Los humos de los motores diésel pasan a ser considerados como cancerígenos

Recientemente se ha publicado el R.D. 427/2021 que introduce una importante novedad en lo que a sustancias cancerígenas se refiere, incluyendo los humos de diésel entre los mismos, lo cual afecta directamente a sectores como los talleres mecánicos o las gasolineras

31 may 2022

Recientemente se ha publicado el R.D. 427/2021 que introduce una importante novedad en lo que a sustancias cancerígenas se refiere, incluyendo los humos de diésel entre los mismos, lo cual afecta directamente a sectores como los talleres mecánicos o las gasolineras.

Por tanto, cualquier trabajo que suponga la presencia de emisiones de motores diésel en el medio ambiente de trabajo debe ser considerado, y por tanto evaluado como cancerígeno. Esa es la principal modificación que introduce el recientemente aprobado Real Decreto 427/2021, del 15 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

En el anexo I se añaden a la lista de sustancias, mezclas y procedimientos, los trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.

De acuerdo al R.D. 665/1997 y al actual Real Decreto implantado, se deve evaluar en primer lugar si el límite de exposición personal es el adecuado, que no deberá superar 0,05 mg/m3.

Se trata de un grupo de gases de combustión y partículas de carbono de muy pequeño tamaño (aglomeradas constituyen la fracción respirable) producidas por la combustión del diésel en los cilindros de los motores.

Los gases de combustión diésel suponen el 40% de las emisiones totales, los tóxicos son fundamentalmente CO2 (10% aproximadamente), CO, NO2, NO y SO2 (< 0,5% aproximadamente) aunque también se emiten N2 (> 60%) y H2O y O2 (10-11%).

Por otro lado, las partículas de carbono emitidas, también llamadas hollín, provienen del diésel y del lubricante del motor, y suponen más del 60% del total de las emisiones. Además tienen adheridos en su superficie compuestos orgánicos como aldehídos e Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (PAH), óxidos metálicos y derivados del azufre. Es frente a estas partículas de carbono, para las que se establece el valor límite asociado a las emisiones de motores diésel.

Para las emisiones de motores diésel se incluyen las medidas transitorias establecidas en la directiva que ahora se transpone. Así, el valor límite se aplicará a partir del 21 de febrero de 2023.

Desde Gescan disponemos de los medios técnicos necesarios para poder llevar a cabo las mediciones que garanticen estar dentro del límite de exposición fijado en la nueva normativa y en caso de superar el VLA, podemos asesorarte sobre las medidas para reducir su nivel al más bajo técnicamente posible, para lo que en este caso debemos desplegar toda una batería de medidas preventivas encaminadas a reducir su contaminación en el medioambiente de trabajo: extracciones localizadas (tubos de aspiración conectados a los escapes), ventilación artificial (aumento de las renovaciones por hora), ventilación natural, junto con una serie de medida organizativas, de limpieza, ropa de trabajo, uso de EPI, formación, información y Vigilancia de la Salud.

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